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Miércoles 9 de mayo de 2018

OMI - Basura marina

Basura Marina


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La basura marina representa un enorme problema en nuestros océanos. Algunos científicos advierten que en 2050, la cantidad de plásticos en el océano superará a la de peces.

Sin embargo, la OMI, entre otros, ha tomado medidas para abordar este problema, incluida la regulación de la descarga de basuras de los buques y la labor de investigación de apoyo.

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¿Qué es la basura marina?
Los materiales plásticos de todas formas y tamaños son omnipresentes en nuestros mares y océanos. Se descomponen muy lentamente en el medio marino, pudiendo tardar más de 400 años. La basura marina proviene de diversas fuentes y tiene múltiples efectos en el medio ambiente, la salud, la economía la seguridad y la cultura. Por ejemplo, la basura marina puede causar daños a organismos marinos en caso de ingestión o incluso la muerte a los mamíferos marinos que se quedan atrapados en ella.

La basura marina ha sido definida por la ONU Medio ambiente como "cualquier material sólido, persistente, fabricado o procesado de que se descargue, evacue o abandone en el medio marino y costero. La basura marina consiste en artículos que han sido fabricados o usados por las personas y que son deliberadamente desechados en los ríos, mares y playas; arrastrados de forma indirecta a través de ríos, aguas sucias, aguas torrenciales o vientos; perdidos, incluido el material perdido en el mar debido al mal tiempo (artes de pesca, carga) o deliberadamente dejado por personas en las playas y las costas.").

Se sabe que la basura marina, incluidos los plásticos y microplásticos, procede en cantidades masivas de fuentes terrestres. Sin embargo, también pueden proceder de los buques. Se han detectado desechos en las zonas costeras, en aguas lejos de fuentes antropogénicas de contaminación, en aguas superficiales, en la columna de agua de las aguas profundas, en sedimentos de los océanos e incluso hasta atrapada en el hielo marino, desde el Ecuador hasta los dos polos.

La ONU Medio ambiente estima que el 15% de la basura marina flota en la superficie del mar, otro 15% se localiza en la columna de agua y el 70% permanece en el fondo marino

Conforme a otro estudio, 5,25 millones de partículas de plástico, que suponen un peso de 268.940 toneladas en total, se encuentran flotando en los océanos del mundo.

¿Qué problemas causa la basura marina?

Además de los problemas para la salud y el medio ambiente que representa, la basura flotante supone también una costosa amenaza para el transporte marítimo, ya que puede enredarse en hélices y timones, haciendo peligrar la navegación.

Esta basura es perjudicial para la vida marina: las criaturas pueden quedar atrapadas dentro de contenedores o enredarse en redes y cuerdas. Además, los microplásticos pueden entrar en la cadena alimentaria ya que son indigeribles cuando se tragan.

Microplásticos

Los plásticos microscópicos o microplásticos son pequeñas partículas de plástico o fibra que se encuentran cada vez con más frecuencia en el océano. Pueden ser el resultado de procesos de fragmentación de productos más grandes, especialmente cuando se exponen a la luz solar. También pueden haber sido fabricados expresamente para determinados usos industriales o comerciales (como limpiadores faciales o exfoliantes corporales). Según las estimaciones, una simple dicha puede provocar que 100.000 partículas de plástico lleguen los océanos.

Se han encontrado microplásticos distribuidos a lo largo de los océanos, litorales, aguas superficiales y en los sedimentos del fondo marino, del Ártico al Antártico. Pueden acumularse en lugares remotos tales como giros en el medio del océano, así como cerca de los centros de población, las rutas de navegación y otras fuentes principales.

Los peces y moluscos ingieren los microplásticos y, recientemente, se encontraron muestras en varias especies comerciales en distintos puntos de venta. Es necesario seguir investigando para determinar si los microplásticos suponen un riesgo para la inocuidad de los alimentos y potencialmente, la seguridad alimentaria.

Las buenas noticias son que varios gobiernos han anunciado planes para prohibir los micropartículas en productos de limpieza y de cosmética. Además, algunas compañías de cosméticos se han comprometido de forma voluntaria a eliminarlos gradualmente para 2020.

Los microplásticos han atraído la atención del Grupo mixto de expertos sobre los aspectos científicos de la protección del medio marino (GESAMP), un órgano científico que asesora al sistema de las Naciones Unidas en aspectos científicos de la protección del medio marino. La Organización Marítima Internacional (OMI), con sede en Londres, Reino Unido, alberga la Secretaría de este órgano científico. Los estudios e informes elaborados por el GESAMP están disponibles gratuitamente para su descarga.

El GESAMP ha elaborado dos estudios sobre microplásticos. El segundo de ellos, publicado en enero de 2017, investiga los orígenes, destinos y potenciales efectos de los microplásticos, y también da recomendaciones para continuar con la labor.
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¿Qué ha hecho la OMI para regular la basura marina?

​Hace casi 30 años, la OMI fue el primer organismo que prohibió la evacuación de plásticos en cualquier lugar del mar. El Anexo V del Convenio MARPOL prohíbe la descarga de toda clase de basuras en el mar desde los buques, excepto en los casos permitidos en virtud del Anexo de manera explícita (tales como desechos de alimentos, residuos de carga, agentes de limpieza y aditivos que no son perjudiciales para el medio marino).

Por basuras se entiende toda clase de alimentos, desechos domésticos y operacionales, todos los plásticos, residuos de carga, aceite de cocina, artes de pesca y cadáveres de animales resultantes de las operaciones normales del buque y que suelen eliminarse continua o periódicamente.

Las reglas para prevenir la contaminación por las basuras de los buques entraron en vigor internacionalmente en 1988. Hoy, más de 150 países han firmado el Anexo V del Convenio MARPOL.

El Anexo V del Convenio MARPOL se aplica a todos los buques, del tipo que sea, que operan en el medio marino.

El Anexo V del Convenio MARPOL reconoce que algunas zonas marítimas exigen mayores grados de protección y pueden designarse como zonas especiales en virtud del Convenio MARPOL.

Actualmente existen ocho zonas especiales designadas en virtud del Anexo V: el mar Mediterráneo, el mar Báltico, el mar Negro, el mar Rojo, las zonas de los Golfos, el mar del Norte, la región del Gran Caribe -que incluye el golfo de México y el mar Caribe-, y la zona del Antártico.

Todas han entrado en vigor, salvo el mar Negro y el mar Rojo (debido a no recibir un número suficiente de notificaciones sobre instalaciones portuarias de recepción adecuadas).

Pulse aquí para ver los distintos tipos de basuras regidas por el Anexo V. Existe una prohibición absoluta de vertimiento de plásticos, desechos domésticos, aceite de cocina, cenizas del incinerador, desechos operacionales y de los artes de pesca. Para otros tipos de basuras, tales como desechos de alimentos, existen reglas específicas sobre cuándo y dónde pueden descargarse.

Rótulos, planes de gestión de basuras y mantenimiento de registros de basuras

En todo buque de eslora igual o superior a 12 m y en toda plataforma fija o flotante se colocarán rótulos en los que se notifiquen a la tripulación y a los pasajeros las prescripciones sobre descarga.

Todo buque de arqueo bruto igual o superior a 100, todo buque que esté autorizado a transportar 15 personas o más y toda plataforma fija o flotante, tendrá un plan de gestión de basuras que la tripulación deberá cumplir.

Todo buque de arqueo bruto igual o superior a 400 y todo buque que esté autorizado a transportar 15 personas o más que realicen viajes a puertos o terminales mar adentro que estén bajo la jurisdicción de otra Parte en el Convenio, y toda plataforma fija o flotante, llevará un Libro registro de basuras para registrar cada descarga realizada en el o en una instalación de recepción, así como las incineraciones llevadas a cabo, entre otros.

Instalaciones portuarias de recepción

La eficacia de los buques para cumplir las prescripciones sobre descargas del Convenio MARPOL depende en gran parte de la disponibilidad de instalaciones de recepción adecuadas en los puertos, particularmente en las zonas especiales. Por consiguiente, el Anexo también obliga a los Gobiernos a garantizar que en los puertos y terminales se habiliten instalaciones adecuadas para la recepción de basuras que respondan a las necesidades de los buques que las utilicen y sin que éstos sufran demoras innecesarias.

Alianza Mundial sobre la Basura Marina

La OMI es uno de los miembros de la Alianza Mundial sobre la Basura Marina (GPML), que gestiona la ONU Medio Ambiente. La OMI junto con la FAO encabeza los asuntos relacionados con las fuentes marinas de basuras marinas.

En el marco de esta alianza, se han llevado a cabo varias actividades, incluida la elaboración de un programa de formación sobre el Anexo V del MARPOL y las instalaciones portuarias de recepción y un examen de plásticos en los flujos de desechos en el marco del Convenio y el Protocolo de Londres.

La OMI ha contribuido a la elaboración del "Massive Open Online Course" (MOOC) sobre las basuras marinas. Este curso se ha creado para estimular el liderazgo y ofrece oportunidades de aprendizaje orientadas al cambio y a la acción relacionadas con la basura marina.

Descubra aquí la campaña de la ONU Medio ambiente #CleanSeas y vea el vídeo que han realizado sobre basura marina.

Vertimiento de desechos en el mar

El vertimiento de desechos en el mar está regulado por el Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972, denominado comúnmente "Convenio de Londres", y su Protocolo de 1996. En virtud del Protocolo de 1996, está prohibido el vertimiento de desechos en el mar procedentes de buques o aeronaves, salvo los permitidos en una lista, para los que se puede solicitarse un permiso especial, y solo tras una evaluación cuidadosa de otras opciones de evacuación y las posibles repercusiones.

La lista de materiales permitidos incluye materiales de dragado, fangos cloacales, materiales geológicos inorgánicos inertes, materiales orgánicos de origen natural y flujos de dióxido de carbono procedentes de proyectos de captura y almacenamiento de carbono. Cualquier desecho de este tipo debe ser cuidadosamente evaluado antes de recibir un permiso.

La OMI ejerce las funciones de Secretaría para el Convenio y el Protocolo de Londres.

Las Partes Contratantes han realizado un examen del estado de conocimiento por lo que respecta a la manera en que el vertimiento de desechos puede contribuir a la presencia de basura marina -en particular, plásticos- en el medio marino. Se considera que los materiales de dragado y los fangos cloacales son los principales flujos por los que la basura llega al mar. Puede descargar el estudio aquí (en inglés).

En 2016, las Partes Contratantes, tras observar y reconocer la importante cantidad de basura marina que entra en el océanos y la amenaza grave que supone a largo plazo para el medio marino, adoptaron una recomendación para fomentar medidas para combatir la basura marina (véase la declaración completa aquí). Igualmente, las Partes tomaron nota del problema de los buques abandonados de fibra de vidrio en el medio marino, y acordaron investigar la cuestión más a fondo.

Reciclaje de buques

Cuando un buque llega al final de su vida, casi cada parte puede ser reciclada: el acero, la maquinaria, el equipo, los accesorios y el mobiliario. En el proceso de reciclaje de buques no se desperdicia prácticamente nada y casi todo es reutilizado o reciclado. Además, el reciclaje de buques proporciona empleos directos y secundarios para miles de trabajadores, tanto en sector mismo como en los mercados derivados de materiales y componentes, especialmente en los cinco países que lideran el reciclaje de buques en el mundo: Bangladesh, China, India, Paquistán y Turquía.

La OMI ha recogido las reglas sobre el reciclaje de buques –que no sólo afectan a los buques, sino también a las instalaciones de reciclaje en tierra – en un único instrumento exhaustivo: se trata del Convenio internacional de Hong Kong para el reciclaje seguro y ambientalmente racional de los buques (Convenio de Hong Kong), adoptado en 2009.

El Convenio fomenta el concepto de "principio a fin" para abordar todos los aspectos ambientales y de seguridad relacionadas con el reciclaje de buques, tomándolos en cuenta desde la etapa de proyecto del buque hasta el final de la vida útil del mismo, e incluyendo también la gestión responsable de los flujos de desechos asociados para eliminarlos o reciclarlos de manera segura y ambientalmente racional.

Cuando entre en vigor el Convenio de Hong Kong, proporcionará normas incluyentes y efectivas que podrán aplicarse universalmente. El Convenio impone responsabilidades y obligaciones a todas las partes interesadas: los propietarios de buques, los astilleros, las instalaciones de reciclaje de buques, los Estados de abanderamiento, los Estados rectores de puertos, los Estados con instalaciones de reciclaje, etc. Se trata del primer instrumento creado para abordar las cuestiones relacionadas con el reciclaje de buques y tiene por objeto garantizar que los buques que se reciclen al final de su vida útil no supongan riesgos innecesarios para la salud pública, la seguridad o el medio ambiente.

La OMI está trabajando actualmente para fomentar la concienciación sobre el Convenio de Hong Kong, particularmente, con los países con instalaciones de reciclaje para ayudarles a desarrollar la capacidad y establecer las condiciones que les permitirán ratificar/adherirse al Convenio.